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Publicidad
En cuanto a la publicidad, su queja o sugerencia puede referirse,
entre otros, a los siguientes aspectos:
- La que fomente comportamientos perjudiciales
para la salud y la seguridad humana o para la protección
del medio ambiente.
- La que atente contra la dignidad de las personas
y las convicciones religiosas y políticas.
- La
que discrimine por motivos de nacimiento, raza, género,
nacionalidad, opinión o cualquier otra circunstancia personal
o social.
- La que incite a la violencia,
a la crueldad o al maltrato de personas o animales, la que
pueda fomentar comportamientos antisociales, abusos, imprudencias,
conductas agresivas y la destrucción de bienes culturales
o naturales.
- La publicidad ilícita,
engañosa o desleal, subliminal o encubierta.
- El incumplimiento de los límites del
tiempo de transmisión publicitaria o del número
de interrupciones de los programas.
- La publicidad o la televenta que no esté claramente
identificada y ubicada.
- Los incumplimientos referidos a la normativa
de publicidad de productos concretos como el alcohol, el
tabaco, los medicamentos, etc.
Para cuestiones más concretas puede consultar el capítulo
III de la Ley
Foral 18/2001.
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Oficina de Defensa de la Audiencia
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