| Guía
del usuario de medios audiovisuales
Consideraciones previas
Son derechos básicos de
los consumidores y usuarios:
- La protección contra los riesgos que puedan afectar su
salud o seguridad.
- La protección de sus legítimos intereses económicos
y sociales; en particular, frente a la inclusión de cláusulas
abusivas en los contratos.
- La indemnización o reparación de los daños
y perjuicios sufridos.
- La información correcta sobre los diferentes productos
o servicios y la educación y divulgación, para facilitar
el conocimiento sobre su adecuado uso, consumo o disfrute.
- La audiencia en consulta, la participación en el procedimiento
de elaboración de las disposiciones generales que les afectan
directamente y la representación de sus intereses, todo
ello a través de las asociaciones, agrupaciones o confederaciones
de consumidores y usuarios legalmente constituidas.
- La protección jurídica, administrativa y técnica
en situaciones de inferioridad, subordinación o indefensión.
Los derechos recogidos en esta Guía completan
estos derechos básicos, añadiendo aquellos que específicamente
amparan a los usuarios frente a las emisiones de los medios de comunicación
audiovisuales: radio y televisión.
En concreto, estos derechos se refieren a conflictos
que puedan surgir respecto a los contenidos de emisión.
En este sentido, la normativa distingue dos tipos de contenidos
en función de su distinta naturaleza:
- Programación:
programas, películas, concursos, retransmisiones deportivas,
etc.
- Publicidad: anuncios,
televenta, patrocinios, etc.
Por otro lado hay que saber que, en materia audiovisual,
existen dos niveles de protección de los
usuarios: regulación y autorregulación.
-
La regulación es
la normativa aprobada por los poderes públicos y es de
obligado cumplimiento para todos los operadores audiovisuales.
En consecuencia, son los propios poderes públicos los
que controlan su cumplimiento y tienen la capacidad de sancionar
las infracciones cometidas. Puede hacerlo el propio Gobierno
o organismos independientes creados al efecto como son los Consejos
Audiovisuales.
- Las normas de autorregulación son
compromisos éticos y deontológicos que las propias
empresas audiovisuales y los profesionales de los medios asumen
libremente, siguiendo un principio de autorresponsabilidad.
Todas aquellas reclamaciones ciudadanas que no encuentren reflejo
en la regulación pueden canalizarse a través de
la autorregulación a modo de sugerencias y recomendaciones
a los medios. Con ello, se contribuye a fomentar que los medios
de comunicación no sólo cumplan la normativa sino
que presten un servicio de calidad y respetuoso con los ciudadanos.
El control del cumplimiento
de la legislación en materia de contenidos audiovisuales
está distribuido según el ámbito de cobertura
de los operadores.
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previas
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