| 2 de diciembre de 2008
El Consejo
Audiovisual de Navarra recomienda medidas preventivas ante la captación
y difusión de imágnes por parte de los alumnos en
los centros docentes
Los menores usan indebidamente los móviles y aparatos
electrónicos para grabar o fotografiar agresiones o vejaciones
entre alumnos y después enviarlas o colgarlas en páginas
web
El CoAN propone elaborar una normativa general básica
para prohibir el uso del móvil u otros aparatos electrónicos
en los centros para que los colegios e institutos pueden ampliarla
La indebida utilización de dispositivos
electrónicos no sólo altera el normal desarrollo de
las clases, sino que puede ser un instrumento para atentar contra
el derecho a la propia imagen de profesores y alumnos. Y, lo que
es más grave, es que se pueden captar y difundir verdaderos
comportamientos delictivos.
El Consejo Audiovisual de Navarra (CoAN), en un
estudio sobre las consecuencias jurídicas de la captación
y difusión de imágenes por parte de los menores en
centros escolares, recuerda que si no se cuenta con el consentimiento
de las personas cuyas imágenes son captadas y difundidas
se incurre en una infracción grave de la Ley Orgánica
15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal.
Por ello, el CoAN considera que la mejor manera
de evitar este tipo de situaciones, captación y posterior
difusión de conductas o imágenes no deseadas, o incluso
delictivas, es una actuación de carácter preventivo
en la que se involucren todas las entidades y autoridades relacionadas
con el ámbito educativo.
En consecuencia, el CoAN propone al Departamento
de Educación y al Consejo Escolar de Navarra la elaboración
de una cobertura normativa básica que prevenga este tipo
de comportamientos similar a la aprobada recientemente en la Comunidad
de Madrid en la que se establece un marco regulador de la convivencia
en los centros docentes.
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