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4 de noviembre de 2008

El Consejo Audiovisual de Navarra (CoAN) recuerda a las televisiones la necesidad de vigilar los contenidos de los espacios de "zapping"

A los programas de "zapping" se suman espacios de entretenimientos y magazines que emiten contenidos de otros programas y de páginas de Internet

Estos programas proliferan en horario de protección infantil (entre las 06.00 y las 22.00 horas)

El CoAN ha elaborado unas Recomendaciones con nueve aspectos a tener en cuenta en la programación de estos espacios

El Consejo Audiovisual de Navarra (CoAN), en su calidad de autoridad audiovisual, ha enviado a las televisiones nacionales y regionales de Navarra unas recomendaciones para evitar que dentro del horario protegido en televisión (entre las 6:00 y las 22:00 horas) se emitan imágenes susceptibles de perjudicar el desarrollo físico, mental y moral de los menores.

En los últimos meses se ha detectado una proliferación de programas que se nutren de imágenes de otros programas o de contenidos de Internet que pueden suponer un cauce idóneo para la emisión de imágenes o escenas que pueden resultar inadecuadas para los menores de edad.

Los programas de "zapping" y similares

Los programas de "zapping" son espacios caracterizados por incluir una selección de las imágenes supuestamente más divertidas, curiosas, sorprendentes (o incluso extremas, morbosas e histriónicas) vistas en la propia cadena o en ajenas, para su emisión en un formato caracterizado por la rápida sucesión de las mismas y por la introducción de continuos cortes entre ellas.

En los últimos tiempos, se ha generalizado la inclusión de imágenes de programas de otras cadenas en espacios de entretenimiento y “magazines”.

Algunas Recomendaciones

- Los operadores televisivos deben calificar y señalizar dichos programas con especial diligencia, ajustándose estrictamente a la totalidad de los contenidos que componen el programa.

- Se debe evitar la fragmentación, descontextualización y el uso de un tono humorístico de cualquier acontecimiento que revista un carácter violento o dramático que desvirtúe su contenido.

- En los programas que se emitan dentro del horario protegido (entre las 6:00 y las 22:00 horas) no se deberán incluir contenidos que sean susceptibles de perjudicar el desarrollo físico, mental o moral de los menores de edad, que puedan incitar o provocar en los menores la realización de comportamientos antisociales, negligentes o peligrosos o que incluyan lenguaje grosero, soez o insultante.

- En los programas que se emitan dentro de las “franjas de protección reforzada” los operadores deberán ser especialmente cuidadosos en la selección de los contenidos, que deben ajustarse a las características del público infantil.

- Los operadores deben aportar y utilizar los medios adecuados para que sea posible una correcta distinción entre imágenes y escenas de sucesos reales y aquellas que son ficción.

- Se recomienda una especial prudencia en la selección y presentación de los contenidos que tengan su origen en Internet, puesto que estos no están calificados con anterioridad.

Ver recomendaciones del CoAN sobre los espacios de "zapping" y programas de entretenimiento que incluyan escenas de otros programas de televisión o de páginas de Internet>>

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